La Ley Orgánica 6/2001, 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 34.3 faculta a las universidades para impartir enseñanzas conducentes a la obtención de otros diplomas o títulos, distintos de los títulos oficiales, y que son expedidos por el Rector. En todo caso, estos diplomas y títulos propios carecerán de los efectos académicos plenos y de habilitación para el ejercicio profesional que las disposiciones legales otorgan a los títulos oficiales.
El interés de dichas enseñanzas radica en responder, de manera ágil y eficaz, a las demandas sociales de tipo cultural, científico, artístico o profesional.
Los estudios de Investigación Privada van dirigidos a cualquier persona que quiera obtener la licencia para poder ejercer la profesión de detective privado/a.
Salidas profesionales
El Título propio de Detective Privado (plan 2001) ha sido declarado equivalente a efectos de acceder al segundo ciclo oficial de Criminología, es un Título propio en materia de Criminología que cumple los requisitos b) y c) de la orden de 19 de noviembre de 1996 (relación de Títulos propios que cumplen los requisitos b) y c) de 19 de noviembre de 1996 ) y es un Título que habilita para la obtención de la licencia de Detective expedida por el Ministerio del Interior.
INFORMACIÓN SOBRE:
El curso 2005-2006 comenzaron a impartirse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante los estudios correspondientes a la Licenciatura de Segundo ciclo en Criminología (título oficial), sólo en la modalidad presencial. En el curso 2006-2007 se impartió el primer curso en la modalidad a distancia. Toda la información sobre esta Licenciatura puede consultarse en: http://derecho.ua.es/es/
Conforme a la Resolución de 20 de junio de 2005 de la Dirección General de Universidades, podían acceder a esta Licenciatura los alumnos que hubieran cursado el Título propio de Criminología (180 créditos, plan Z605) o el Título propio de Detective Privado (180 créditos, plan Z606) en la Universidad de Alicante.
El art. 3 de la Normativa que regula las Enseñanzas Conducentes a la Obtención de Titulaciones Propias de Pregrado en la Universidad de Alicante establece: “1. La denominación de los Títulos Propios nunca podrá coincidir con la de los títulos establecidos oficialmente, ni inducir a confusión. 2. En el mismo sentido, el contenido de los correspondientes Estudios propios no podrá ser esencialmente coincidente con el de otros establecidos”.
En consecuencia, ante la implantación en la Universidad de Alicante de la Licenciatura de segundo ciclo en Criminología el curso académico 2005-2006, se planteó la incompatibilidad de los planes de estudios de los Títulos Propios de Criminología y Detective Privado, con la denominación de “Criminología”, por lo que se refiere al primero, y con los contenidos del plan de estudios de la Licenciatura, por lo que se refiere a ambos.
En cuanto a los Títulos Propios de Criminología y Detective Privado, la Normativa que regula las enseñanzas conducentes a la obtención de titulaciones propias de pregrado en la Universidad de Alicante, establece en su art. 17.4: “Los planes de estudios de los Estudios propios de pregrado de la Universidad de Alicante, modificados total o parcialmente, se extinguirán curso por curso, salvo casos excepcionales apreciados por la Universidad de Alicante. Una vez extinguido cada curso se efectuarán dos convocatorias de examen en cada uno de los dos cursos académicos siguientes. Agotadas dichas convocatorias sin haber superado las pruebas, quienes deseen continuar los estudios deberán seguirlos por los nuevos planes, mediante la adaptación o convalidación que la Universidad de Alicante determine”.
Por efecto de este precepto, en el curso académico 2005-2006 comenzó la extinción de estos Títulos Propios, teniendo lugar la extinción definitiva en el curso 2008-2009 en el cual sólo hubo exámenes de 3er curso.
Los alumnos que tenían ya aprobada alguna asignatura de los Títulos Propios a extinguir de Criminología y Detective Privado, podían matricularse en los nuevos Títulos Propios de Seguridad Públca o Detective Privado (planes de 2005), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Normativa de Títulos Propios de la Universidad de Alicante.
Los alumnos que no tenían expediente abierto en los Títulos Propios a extinguir (Z605 O Z606), no podían matricularse en los nuevos.
Tratando de atender a las necesidades formativas de determinados sectores de estudiantes y profesionales, el Equipo Directivo de los Títulos Propios de Criminología y de Detective Privado trabajó durante el curso 2004-2005 para proponer la modificación de los planes de estos últimos estudios. La idea era ofrecer una formación académica de calidad, por un lado, a policías locales y, por otro, a quienes deseaban desarrollar su actividad profesional en el ámbito de la investigación y la seguridad privadas.
Aprobada la modificación propuesta, en el curso académico 2005-2006 comenzaron a impartirse los estudios correspondientes a dos nuevos Títulos Propios: el Título propio de Seguridad Pública y el Título Propio de Detective Privado. El primero, se orienta hacia la formación de los policías locales en materias directamente relacionadas con su actividad profesional. Dado el compromiso formativo que estos estudios significan, el Equipo Directivo propuso a la Secretaría Autonómica de Interior de la Generalitat Valenciana su reconocimiento como cursos de formación básica de los policías locales y como méritos a tener en cuenta para posibles ascensos y promociones profesionales. Fruto de esta iniciativa, el Gobierno Valenciano aprobó la firma de un Convenio entre la Universidad de Alicante y la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones públicas reconociendo estos extremos. El segundo título se dirige a quienes deseen obtener la licencia de “Detective privado" del Ministerio del Interior, que habilita para el desarrollo de las funciones correspondientes a esta profesión conforme a la Ley de Seguridad Privada.
Los estudios de cada Título tienen una duración de tres años académicos y un mínimo de 180 créditos.
En febrero de 2006 se solicitó por parte de la Universidad de Alicante al Ministerio de Educación la declaración de equivalencia de los nuevos Títulos Propios (planes de 2005) al Título de Diplomado Universitario, a los efectos de acceso a la Licenciatura de segundo ciclo en Criminología, conforme a lo previsto en la Directriz General 6ª del Real Decreto 858/2003, de 4 de julio, por el que se establece el Título Universitario Oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención (B.O.E. de 8 de julio de 2003) y la Orden ECI/4171/2004, de 13 de diciembre (B.O.E. de 22 de diciembre de 2004). El 14 de noviembre de 2006, el Director General de Universidades del Ministerio de Educación declaró dicha equivalencia.
Los alumnos titulados en Seguridad Pública y en Detective Privado habrán de solicitar a la Dirección General de Universidades la equivalencia del Título propio al Título de Diplomado Universitario para poder tomar parte en las pruebas de acceso a los cuerpos, escalas y categorías de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad dependientes de las distintas Administraciones públicas.
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